Anses: SUAF por embargo reclama Tarjeta Alimentar
(la imagen en algunos casos puede ser ilustrativa)
-Hace dos años se informó que el Gobierno analizaba la posibilidad de otorgar la Tarjeta Alimentar al SUAF por Embargo. Así lo indicó el ex Ministro de Desarrollo Social, Daniel Arroyo. Lamentablemente, hasta este momento, no se ha dado el subsidio alimentario a dicho sector. Es por esta razón que las madres que perciben dicha prestación de Anses reclaman una extensión del programa.
SUAF es el sistema utilizado por Anses para liquidar las asignaciones familiares a los empleados y monotributistas.
Contrariamente a lo que ocurre con la Asignación Universal por Hijo (AUH), el organismo no aplica retenciones sobre el SUAF. Tampoco les solicita una presentación anual, a no ser que se quiera cobrar la Ayuda Escolar. El gran problema es que este grupo de ciudadanos no son alcanzados por la mayoría de los beneficios sociales. Esto incluye a la Tarjeta AlimentAR.
La causa por la que se excluye de los subsidios especiales porque los titulares del SUAF cuentan con un ingreso mensual. El tema es que en muchos casos el salario no es muy alto y en otros se trata de una madre desocupada que presentó el Formulario PS 2.73.
Daniel Arroyo prometió que se incluiría a las madres del SUAF por Embargo en el subsidio alimentario. Luego de que el dejó su cargo en Desarrollo Social no se habló más sobre ello.
Para hacer escuchar su voz, las beneficiarias de esa asignación dejan sus quejas en las redes sociales.
-Beneficiarios de la Tarjeta Alimentar
Desarrollo Social hace el otorgamiento del beneficio gracias a un cruce de datos con Anses. Es decir, no se puede tramitar.
El beneficio se otorga a los titulares de AUH con hijos menores hasta 14 años de edad, inclusive, y con discapacidad; a futuras mamás desde el tercer mes de corar la Asignación por Embarazo; y a madres de siete hijos que perciben una Pensión no Contributiva (PNC).
Su monto es de $6.000 por un hijo, $9.000 por dos y $12.000 por tres o más. El destino del dinero debe ser a la compra de alimentos, quedando exceptuadas las bebidas con alcohol. Los beneficiarios pueden usar su tarjeta de débito o extraer el efectivo desde cajeros automáticos.
Los fondos se acreditan en la cuenta bancaria en la que se cobra la prestación cada mes. Se puede verificar su liquidación desde “Mis asignaciones” en la página de Mi Anses.
Fuente: econoblog
COVID-19 afecta de distintas maneras en función de cada persona. La mayoría de las personas que se contagian presentan síntomas de intensidad leve o moderada, y se recuperan sin necesidad de hospitalización. Los síntomas más habituales son los siguientes: Fiebre Tos Cansancio Pérdida del gusto o del olfato Los síntomas menos habituales son los siguientes: Dolor de garganta Dolor de cabeza Molestias y dolores Diarrea Erupción cutánea o pérdida del color de los dedos de las manos o los pies Ojos rojos o irritados Los síntomas serios son los siguientes Dificultad para respirar o disnea Pérdida de movilidad o del habla o sensación de confusión Dolor en el pecho Solicita atención médica de inmediato si tienes alguno de estos síntomas severos. Siempre debes llamar a tu doctor o centro de atención sanitaria antes de presentarte en el lugar en cuestión. Lo recomendable es que las personas que sufran síntomas leves y tengan un buen estado de salud general se confinen en casa. De media, las personas que se contagian empiezan a presentar síntomas en un plazo de 5 a 6 días desde que se infectan, pero pueden tardar hasta 14.
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