ANSES paga bono de hasta $ 22.200 a desempleados: quiénes lo cobran y requisitos

(la imagen en algunos casos puede ser ilustrativa)

-La Administración Nacional de Seguridad Social (ANSES) que conduce Fernanda Raverta continúa esta semana con el calendario de pagos de agosto 2022. El martes 23 será el turno de las y los beneficiarios de las Prestaciones por Desempleo

La Prestación por Desempleo de ANSES es un programa de asistencia económica disponible para quienes se quedaron sin empleo y paga un monto de hasta $ 22.000. Se trata de un respaldo económico a cargo del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, el cuál permite a los beneficiarios continuar con su obra social, Asignaciones Familiares, entre otras asistencias.

PRESTACIÓN POR DESEMPLEO ANSES: ¿CUÁNDO COBRO EN AGOSTO?

  • Documentos terminados en 0 y 1: martes 23 de agosto
  • Documentos terminados en 2 y 3: miércoles 24 de agosto
  • Documentos terminados en 4 y 5: jueves 25 de agosto
  • Documentos terminados en 6 y 7: viernes 26 de agosto
  • Documentos terminados en 8 y 9: lunes 29 de agosto


¿CUÁNTO PAGA EL PLAN DESEMPLEO DE ANSES?

Según el organismo conducido por Fernanda Raverta, la liquidación de agosto que se cobrará en septiembre tiene un monto mínimo de $ 13.292 y un monto máximo de $ 22.153.

CUÁLES SON LOS REQUISITOS PARA COBRAR LA PRESTACIÓN POR DESEMPLEO?

Los solicitantes que quieran acceder al beneficio de la prestación por desempleo deberán cumplir con los siguientes requisitos:

  • Encontrarse en situación legal de desempleo por causas no imputables como trabajador/a;
  • Para trabajadoras y trabajadores permanentes: tener al menos 6 meses de trabajo con aportes en los últimos 3 años anteriores al despido o finalización del contrato;
  • Para trabajadoras y trabajadores eventuales y de temporada: haber trabajado menos de 12 meses en los últimos 3 años y más de 90 días en el último año, antes de la finalización del trabajo,
  • DNI (original y copia).
-Además, tendrán que presentar la documentación que verifique el estadio:
  • Despido sin justa causa: telegrama de despido, carta documento o nota de despido con firma del empleador;
  • Despido por quiebra o concurso preventivo del empleador: nota del síndico certificando la disolución del contrato laboral, sentencia de quiebra autenticada por juzgado, telegrama del empleador notificando el cese por quiebra o el ejemplar del Boletín Oficial donde se publicó la disolución;
  • Resolución del contrato de trabajo por denuncia del trabajador fundada en justa causa: telegrama de intimación y telegrama de desvinculación laboral enviados por el trabajador;
  • No renovación de un contrato a plazo fijo: copia del contrato de trabajo vencido;
  • Fallecimiento de un empleador unipersonal: copia certificada del acta o partida de defunción;
  • La trabajadora o trabajador cobraba por una Aseguradora de Riesgos del Trabajador (ART) al momento de producirse la finalización del trabajo: alta médica definitiva o resolución por la que se determina un grado de incapacidad laboral permanente definitiva inferior al 66%. Si el porcentaje es mayor y se encuentra tramitando el Retiro por invalidez, deberá presentar un certificado médico de aptitud laboral acorde a su salud,
  • La trabajadora o trabajador tenía una enfermedad no adjudicable al ámbito laboral al momento de producirse la finalización del trabajo: certificado médico de aptitud laboral.

PRESTACIÓN POR DESEMPLEO ANSES: ¿CÓMO INSCRIBIRSE?

Los trabajadores en situación de desempleo deberán presentar la siguiente documentación:

  • Documentación personal y familiar correspondiente. Si hubo intercambio de telegramas con tu empleador, deberás presentar también los telegramas, la constancia del Ministerio de Trabajo;
  • Solicitar turno en ANSES;
  • Presentar la documentación requerida en la oficina del organismo previsional,
  • El trámite se podrá hacer presencial y tendrás 90 días hábiles para pedir la prestación desde la fecha en que se hizo el despido. Luego del tiempo acordado, por cada día hábil transcurrido, se descontará un día de prestación.
Fuente: el cronista
COVID-19 afecta de distintas maneras en función de cada persona. La mayoría de las personas que se contagian presentan síntomas de intensidad leve o moderada, y se recuperan sin necesidad de hospitalización. Los síntomas más habituales son los siguientes: Fiebre Tos Cansancio Pérdida del gusto o del olfato Los síntomas menos habituales son los siguientes: Dolor de garganta Dolor de cabeza Molestias y dolores Diarrea Erupción cutánea o pérdida del color de los dedos de las manos o los pies Ojos rojos o irritados Los síntomas serios son los siguientes Dificultad para respirar o disnea Pérdida de movilidad o del habla o sensación de confusión Dolor en el pecho Solicita atención médica de inmediato si tienes alguno de estos síntomas severos. Siempre debes llamar a tu doctor o centro de atención sanitaria antes de presentarte en el lugar en cuestión. Lo recomendable es que las personas que sufran síntomas leves y tengan un buen estado de salud general se confinen en casa. De media, las personas que se contagian empiezan a presentar síntomas en un plazo de 5 a 6 días desde que se infectan, pero pueden tardar hasta 14.

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